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Observaciones al borrador de la convocatoria publicada por el MinTIC

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19 de Marzo de 2021

Bogotá, D.C., 19 de marzo de 2021

Señores

MINTIC

Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 

Ciudad

Referencia: Observaciones al borrador de la convocatoria publicada por el MinTIC cuyo objeto es: “FINANCIAR E IMPLEMENTAR PLANES, PROGRAMAS O PROYECTOS, PARA APOYAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, EN CUALQUIERA DE LAS ETAPAS DEL NEGOCIO EN EL MARCO DE LA REACTIVACIÓN ECÓNOMICA”.

 

Apreciados señores,

Nos dirigimos a ustedes con el fin de presentar nuestras observaciones al borrador de convocatoria publicado en la página web del MinTIC en los siguientes términos:

1. Ni en el borrador de convocatoria ni en ninguno de sus anexos se incluyen criterios de evaluación, ponderación o desempate para la evaluación y selección de las ofertas que sean presentadas por los medios interesados.  Por lo anterior y con el fin de que se cuente con reglas claras y objetivas que redunden en que la asignación de los recursos se realice respetando los principios de economía, igualdad y selección objetiva, se solicita respetuosamente al MinTIC / Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones:

1.1. Se aclare, si además de validar el cumplimiento de los requisitos habilitantes exigidos en la convocatoria, se evaluará el mérito de cada una de las propuestas.

1.2 De ser así, se incluyan criterios de evaluación que permitan asignar los recursos en consideración al mérito de cada una de las propuestas que se presenten y en consecuencia:

1.2.1. Se incorporen los criterios de evaluación y puntaje que se asignarán a las ofertas que se presenten por los medios interesados en la convocatoria.

1.2.2. Se indiquen cuáles son los elementos de las ofertas que serán objeto de evaluación y cómo serán evaluados cada uno de ellos.

1.2.3. Se indique cuál es el porcentaje de ponderación en la evaluación de cada uno de los elementos de las ofertas que serán objeto de evaluación.

1.3. Que en consecuencia se establezca cuáles serán los criterios de desempate para escoger las ofertas que serían beneficiarias de los recursos en caso de que exista empate entre dos o más ofertas y los recursos para la categoría resulten insuficientes para entregarles recursos a todas ellas.

1.4. Se solicita se aclare si el procedimiento para la asignación de los recursos estará determinado exclusivamente por el puntaje asignado en la evaluación y se entregará en orden descendiente hasta que se agoten los mismos.

2. Se solicita se aclare si los desembolsos se realizarán a cada uno de los ofertantes seleccionados contra el cumplimiento del cronograma de entregables de la misma. En caso que dicho requisito en efecto sea exigible para el desembolso, se aclare cómo se cumplirá el mismo en aquellos proyectos que indiquen que sólo se realizará un desembolso.

3. En este mismo sentido, se solicita se incluya de manera específica y clara cuáles serían los entregables que se requerirían para la realización de los desembolsos, por ejemplo: acreditación de costos en los que efectivamente se incurrió, firma de contratos con proveedores, entre otros.

4. Se solicita se aclare cuál será el procedimiento que los beneficiarios deberán observar para la acreditación del uso adecuado, efectivo y completo de los recursos asignados para la ejecución de los proyectos, y si se requerirá algún tipo de liquidación o paz y salvo para el efecto.

5. Se solicita se aclare de qué forma los interesados en las categorías 3, 4 y 5, deben acreditar su condición de medio de comunicación y de medio de comunicación en funcionamiento antes del 11 de marzo de 2020, pues en los numerales que establecen las reglas para acreditar la capacidad jurídica de los interesados no se exige ningún requisito sobre este particular.

6. De acuerdo con la Nota 1 contenida en el numeral 2.3.,  se indica que cada uno de los participantes solamente podrá presentar una oferta por categoría. Teniendo en cuenta lo anterior, se entiende que un medio de comunicación que desarrolle actividades en diferentes categorías, podría presentar ofertas para cada una de esas categorías. Se solicita confirmar si dicho entendimiento es correcto.

7. De la lectura del borrador de convocatoria y de sus anexos se entiende que no existe restricción alguna para que medios de comunicación diferentes pero que pertenezcan a un mismo dueño o tengan accionistas en común presenten ofertas individuales en una misma categoría; tampoco para que medios de comunicación diferentes que pertenezcan a un mismo dueño o tengan accionistas en común, presenten ofertas individuales en distintas categorías. Se solicita confirmar si dicho entendimiento es correcto.

8. Se solicita aclarar si medios de información que operan como proveedores de contenidos para concesionarios del estado o para otros medios en general como las agencias de noticias, son considerados medios de comunicación para efectos de la convocatoria y si los mismos están habilitados para la presentación de ofertas y en qué categoría.

9. Se solicita precisar las definiciones para entender mejor en qué categoría encajan los distintos medios (nacionales, regionales, locales, digitales, etc.), y si la enumeración de medios enunciada en el Anexo 5 es limitante o condicionante para efectos de la recepción del número de ofertas por categoría y para la determinación del valor de las ofertas por parte de los proponentes.

10. Se solicita se aclare si el número de medios de comunicación listado en el Anexo 5 corresponde al tope de medios de comunicación habilitados para presentar ofertas o si dicha enumeración solamente constituye un muestreo de posibles integrantes de cada una de las categorías.

11. Se solicita aclarar con fundamento en qué criterios se distribuyó la bolsa de recursos y si la misma, en caso de que en una o varias de las categorías no se presenten ofertas, no se presenten ofertas hábiles o sobren recursos, será objeto de redistribución y bajo qué criterios se procedería a realizar dicha redistribución.

12. Se solicita se incluya en la convocatoria una declaración expresa indicando que no hay un servicio contratado para el estado ni una contraprestación a su favor por el desembolso de suma alguna, y específicamente, que con la financiación propuesta no se compromete en forma alguna el principio de independencia editorial de los medios beneficiarios.

13. Con posterioridad a la publicación del borrador de la convocatoria, se anunció que se involucraría una universidad como posible tercero encargado del proceso de evaluación y selección de ofertas. Coincidimos en la consideración e inclusión de todos los mecanismos que garanticen la transparencia del proceso.

14. En el Anexo 4, el detalle del presupuesto general no discrimina el valor del Iva. Se solicita aclarar si es necesario hacerlo.